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Auction 755, Lot # 48

DI - Margain, Francisco.
Circulares. Secretaría de Gobierno del Departamento de Nuevo León.
a) "Electo por el Supremo Gobierno Gobernador Constitucional de este Departamento el E. Sr. D. José de Jesús Dávila y Prieto, ha tomado hoy posesión del Ejecutivo previas las formalidades de la ley. Y de su superior orden lo participo á V. S. para su conocimiento y á efecto de que mandándolo publicar por bando en los pueblos del Distrito de su cargo llegue á noticia de todos sus habitantes…".
Monterrey Setiembre 23 de 1839. Rúbrica.
b) "Persuadido el Ecsmo. Sr. Gobernador de lo importante que es á la sociedad la observancia de las leyes prohibitivas del juego, cuyo detestable vicio es el origen de otros muchos que por desgracia abundan en ella, y de que resultan multitud de delitos que turban el orden público, ofenden á los particulares, arruinan las familias, desmoralizan á los jóvenes, distraen á los jornaleros y mosos sirvientes del trabajo á que son destinados y de donde reciben su subsistencia, perjudican á sus amos y producen otra infinidad de males…".
Monterrey 3 de Octubre de 1839. Rúbrica.
c) "Deseando el Ecsmo. Sr. Gobernador que las leyes vigentes y disposiciones superiores tengan en el Departamento de su mando su mas exácto cumplimiento, me ha ordenado diga á V. S., como lo hago, que con el mayor celo y actividad cuide de que el ayuntamiento y jueces de paz del distrito de su cargo cumplan sin falta alguna con lo que previene el art. 28 de las ordenanzas municipales, requiriéndolos con oportuna anticipación para que en fin del año estén concluidas y presentadas las memorias que se ecsigen en el citado artículo…".
Monterrey 3 de Octubre de 1839. Rúbrica.
d)"Aprobada por el Supremo Gobierno la contrata celebrada entre el Banco Nacional y los empresarios del tabaco, de cuyo documento acompaño á V. S. un ejemplar, ha comenzado ya á espenderse en esta ciudad dicho efecto por cuenta de los contratistas, y muy en breve sucederá lo mismo en los demás pueblos del Departamento…".
Monterrey Octubre 21 de 1839. Rúbrica.
e) "Habiendo establecido la Dirección general de arbitrios con aprobación del Supremo Gobierno un registro general de fincas urbanas y rústicas que permanentemente debe seguir cada oficina recaudadora con arreglo á los padrones que se han hecho para la recaudación de los mismos arbitrios, y siendo ese registro un dato que siempre manifieste con esactitud todas las fincas que haya en la nación en cada Departamento, Distrito, Partido ó Pueblo, sus valores, variaciones que estos tengan…".
Monterrey Octubre 26 de 1839.
f) "Deseando el Ecsmo. Sr. Gobernador ocurrir por cuantos medios estén en sus facultades á los graves inconvenientes que produce la general corruptela tan perniciosa á la sociedad y á los particulares que con desprecio de las saludables leyes vigentes se entregan á los juegos de suerte y azar, sacrificando algunos una considerable parte de sus intereses con perjuicio suyo y de sus familias…".
Monterrey 29 de Octubre de 1839.
g) "Hoy ha prestado el juramento legal y tomado posesión de la Secretaría de este Gobierno el Sr. D. José de Jesús de la Garza Gonzáles, á cuya aptitud y honradez se ha servido confiar tal empleo el Ecsmo. S. Gobernador; quedando en consecuencia suspensas las funciones que por falta de tal empleado tuvo á bien S. E. encomendar á mi incapacidad…".
Monterrey Noviembre 3 de 1839.
Total de piezas: 7.
Estimado $9,000-11,000


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